Las y los contribuyentes tienen hasta el próximo 30 de abril para presentar su declaración anual 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta se realiza únicamente mediante la plataforma en línea de la institución y es para aquellas personas que se encuentran bajo el régimen de sueldos y salarios.
Sin embargo, si por alguna razón realizaste un pago de impuestos superior al que te correspondía, tienes derecho a solicitar la devolución, sólo debes presentar el Formato Electrónico de Devolución.
Si tu saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos se realizará la devolución automática con contraseña, al igual que si es mayor de 10 mil pesos o de hasta 150 mil pesos, en caso de que tengas tu cuenta CLABE precargada. Sin embargo, se solicitará tu e.firma cuando el saldo a favor sea de más de 10 mil pesos y captures una nueva cuenta CLABE.
¿En qué casos no aplica la devolución automática de saldo a favor del SAT?
De acuerdo con información del Sistema de Administración Tributaria, la devolución automática de saldo a favor no procederá en aquellos casos donde el monto sea mayor a 150 mil pesos, se hayan obtenido ingresos de negocios o bienes en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión. Tampoco aplicará cuando el contribuyente solicite devolución de ejercicios fiscales distintos al 2024.
“Si durante todo el ejercicio al que corresponde tu saldo a favor estuviste suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes”, tampoco aplica señala el SAT.
Además, destaca que no aplicará para quienes presenten su declaración con contraseña si están obligados a hacerlo con su e.firma o realizan la declaración anual después del 31 de julio del presente año, tienen certificados de sellos o firmas digitales revocados, también afectará a los contribuyentes que se encuentren en la lista de incumplidos que se publica en el portal del SAT.
Foto: Freepik/Cuartoscuro/SAT
¿Qué hacer si no me regresan mi saldo a favor completo?
En caso de que sólo te devuelvan una parte de tu saldo a favor, que puede ocurrir en aquellos casos en los se presenten diferencias en la información sobre retenedores, gastos deducibles o estímulos, deberás solicitar la devolución de lo faltante ingresando sitio web del SAT con tu RFC, contraseña y e.firma, así se generará de forma automática tu solicitud de devolución mediante el Formato Electrónico de Devoluciones.