La Procuraduría General de la Nación confirmó este martes, en fallo de segunda instancia, la destitución e inhabilidad general de 18 años al exdirector de la UNGRD, Olmedo López, y de 20 años al exsubdirector de Manejo de Desastres, Sneyder Pinilla, por su responsabilidad en el millonario escándalo de sobrecostos en la adquisición de carrotanques destinados al abastecimiento de agua potable en La Guajira.Olmedo López ha hablado de una reunión en la que se gestó el entramado Foto:Presidencia, Cámaras de seguridad de Casa de Nariño.Según el órgano de control disciplinario, ambos exfuncionarios autorizaron un pago por más de 16.000 millones de pesos, monto que representó un sobreprecio de más del 54 % frente al valor real de mercado, es decir, más de 412 millones de pesos por cada vehículo adquirido. LEA TAMBIÉN Olmedo López, exdirector de la UNGRD, y Sneyder Pinilla Foto:Archivo particularLa Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento encontró acreditado que López y Pinilla participaron de manera directa en la estructuración y ejecución del negocio jurídico que terminó generando un grave detrimento al patrimonio público.El fallo contra Olmedo y SneyderEl fallo señala que Olmedo López suscribió la ratificación de la orden de proveeduría elaborada por Pinilla, lo que facilitó que la fiduciaria La Previsora realizara los pagos al contratista pese a las evidencias de irregularidades.En cuanto a Sneyder Pinilla, se estableció que avaló el pago del contrato aun conociendo que las tres cotizaciones disponibles estaban por encima del precio real del mercado. Además, certificó falsamente que los 40 vehículos fueron recibidos a satisfacción, aunque estos no fueron utilizados para el fin estipulado: responder a la emergencia humanitaria en La Guajira, declarada mediante el Decreto 2113 de 2022.Sneyder Pinilla. Foto:EL TIEMPO.Otra destitución de funcionario por escándaloJunto a López y Pinilla, la Procuraduría también confirmó la destitución e inhabilidad por 10 años al exsubdirector general Víctor Andrés Meza Galván, quien también firmó la ratificación de la orden de proveeduría que derivó en los pagos. Su actuación fue calificada como falta gravísima a título de culpa gravísima, por “desatención elemental de sus deberes”. LEA TAMBIÉN El fallo, que ya no tiene posibilidad de ser apelado, establece que los tres disciplinados violaron principios esenciales del servicio público como la moralidad, la eficacia y la economía, y concluye que actuaron con dolo.

Shares: