Conseguir una entrada para los grandes conciertos más populares suele ser complicado: hay filas virtuales en las que los consumidores se desesperan durante horas y, muchas veces, sin éxito. Hay empresas que aprovechan bots informáticos para hacerse con ellas (una práctica ya prohibida) y luego esas mismas entradas aparecen en otras webs a precios que duplican y hasta quintuplican el original. Para frenar este abuso, la ley de consumo sostenible —que va este martes a Consejo de Ministros en primera lectura— prohibirá la reventa que incremente el precio de las entradas más allá del IPC. Como adelantó EL PAÍS, la norma prohibirá la publicidad de combustibles fósiles e impulsará la reparación de aparatos y electrodomésticos. En España, es ilegal revender entradas en la calle (como hacen los denominados reventas en algunos espectáculos, como fútbol o toros), pero no así hacerlo de forma online. Sin embargo, no es lo mismo que un particular revenda la entrada a un espectáculo al que no puede acudir (y normalmente a un precio similar) que las prácticas abusivas realizadas por empresas que busca un claro beneficio económico. De hecho, ya está prohibida la utilización de bots para adquirir entradas de espectáculos culturales y posteriormente revenderlas, tal y como recoge la ley de Competencia Desleal: “Debe prohibirse a los comerciantes que revendan a los consumidores entradas de espectáculos culturales y deportivos que hayan adquirido empleando programas como bots que les permitan comprar un número de entradas que exceda los límites técnicos impuestos por el vendedor primario de las entradas o sortear cualquier otro medio técnico empleado por el vendedor primario para garantizar la accesibilidad de las entradas a todos los individuos”. Sin embargo, no está funcionado, dado que hay compañías que realizan esa práctica, muy difícil de probar, y luego revenden esas entradas a precios muy superiores a los originales. Según fuentes de Consumo, “los grandes incentivos económicos que genera esta reventa por parte de empresas dificultan la aplicabilidad” de esta prohibición. Por eso, la ley del departamento de Pablo Bustinduy modifica el artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios para prohibir que la reventa pueda incrementar el precio de la entrada más allá de la variación del IPC desde el momento de la compra inicial al momento de la siguiente venta (dado que a veces las entradas se compran con muchos meses de antelación). Según fuentes de Consumo, la medida busca atacar los incentivos económicos que hay actualmente en la reventa para poder acabar con la misma. Al igual que con la publicidad de pisos turísticos, la puesta a la venta de entradas en reventa con un precio superior al regulado “convertiría esta actividad en ilícita, pudiéndose instar al bloqueo de las páginas web donde se estuviese produciendo la infracción, y la consecuente sanción para el infractor”. Esa sanción, además, la podría realizar el propio ministerio. El ministerio defiende que otros países europeos ya tienen medidas similares. Es el caso de Bélgica, que prohíbe la reventa habitual de entradas, la exhibición habitual de entradas con vistas a su reventa y la provisión de medios que se utilizarán para dicha reventa, siempre que no cuenten con autorización del organizador, así como la reventa ocasional de entradas a un precio superior al precio original. También ocurre en Francia, donde se prohíbe la reventa habitual de entradas para eventos culturales, deportivos o comerciales sin la autorización expresa del organizador o productor del evento.Según datos de la compañía de investigación de mercados y consultoría Verified Market Research facilitados por Consumo, se estima que la reventa de entradas generó 1.817 millones de euros en Europa en 2024, mientras que la proyección para 203 es de unos 7.769 millones.Veto a la publicidad de la gasolina La ley prohibirá además la publicidad de combustibles fósiles de empresas del sector del carbón y el petróleo, así como de transportes que tengan alternativas menos contaminantes (como podrían ser el tren o los vehículos híbridos o eléctricos). Así, vetará “la publicidad de combustibles fósiles, entendiéndose por tal toda comunicación comercial destinada a promover la contratación o adquisición de productos energéticos compuestos exclusivamente por derivados de origen fósil, sin participación de componentes renovables, cuando sea emitida por empresas del sector del carbón o del petróleo”.El anteproyecto de Consumo pretende vetar las afirmaciones medioambientales genéricas si la empresa no puede “demostrar un comportamiento medioambiental excelente”. Y se vetarán lemas que no se pueden comprobar como “respetuoso con el medio ambiente”, “amigo del medio ambiente”, “verde”, “ecológico”, “respetuoso con el clima” o “biodegradable”.El texto del departamento de Pablo Bustinduy también facilitará las reparaciones de los productos y señala que si el consumidor opta por reparar un producto que todavía está en garantía (dura tres años) en lugar de sustituirlo por uno nuevo, la garantía se extenderá 12 meses, alcanzando los cuatro años en total. Además, se creará una plataforma online gratuita sobre reparaciones, donde las personas consumidoras podrán encontrar reparadores solventes, vendedores de bienes reacondicionados, compradores de bienes defectuosos para su reacondicionamiento o iniciativas de reparación participativa.

La ley de consumo sostenible pretende prohibir que la reventa incremente el precio de las entradas a conciertos o espectáculos | Sociedad
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