La Sala Plena de la Corte Constitucional decretó una medida cautelar ordenando la suspensión provisional de los efectos de la decisión de la Sala de Consulta del Consejo de Estado, que determinó al Consejo Nacional Electoral -CNE- como la autoridad competente para investigar a la campaña presidencial de Gustavo Petro Urrego, y al presidente mismo, por la presunta violación de los topes electorales. Con esta determinación se suspenden, así mismo, “las actuaciones administrativas que se encuentran en curso ante el Consejo Nacional Electoral contra el citado funcionario”, advirtió la Corte en un flash informativo. La decisión, con ponencia del magistrado Vladimir Fernández, y que contó con cinco votos a favor y cuatro en contra -los votos de Jorge Ibáñez, Paola Meneses, José Fernando Reyes y Natalia Ángel Cabo-, sólo suspende la investigación que cursa en el CNE contra el presidente Petro, en calidad de candidato presidencial, sin modificar lo concerniente con los otros líderes de la campaña investigados en el proceso. “Por virtud de esta decisión, también se suspenderán los términos de prescripción del proceso administrativo en curso contra el Presidente de la República, Gustavo Francisco Petro Urrego, que se adelanta ante el Consejo Nacional Electoral, los cuales se reanudarán una vez se notifique la decisión definitiva que se adopte en este proceso de tutela”, dice la Corte.El presidente Gustavo Petro. Foto:PresidenciaLa Corte estudia una tutela del presidente Petro La decisión obedece a una acción de tutela que seleccionó la Corte en el mes de febrero y que fue remitida para su revisión por el Consejo de Estado, pues inicialmente fue presentada por el presidente Gustavo Petro en dicha instancia.En la tutela, que el presidente perdió en el Consejo de Estado, se pretendía dejar sin efectos la decisión de la Sala de Consulta que determinó que el CNE podía investigar a Petro, en calidad de candidato, debido a que su fuero presidencial no lo exime de las actuaciones administrativas. “El fuero especial del presidente de la República, conforme a lo previsto en los artículos 174, 175 y 178 Constitucional, se predica de las investigaciones penales y disciplinarias, sin que se pueda hacer extensivo a las investigaciones administrativas por presunta violación al régimen de financiación de campañas electorales que dan lugar a sanciones de tipo administrativo de competencia del Consejo Nacional Electoral”, indicó la decisión con ponencia de la magistrada María del Pilar Bahamón, que se notificó el pasado 6 de agosto.Vladimir Fernandez junto a Gustavo Petro Foto:El presidente Petro insistió en su acción de tutela que la decisión de la Sala de Consulta del Consejo de Estado, que resolvió un conflicto de competencias entre el Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, vulneró su derecho al debido proceso en lo concerniente al “juez natural y al fuero especial constitucional”.

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